El INSS (Instituto Nacional del Seguro Social de Brasil) reglamenta la biometría obligatoria para conceder jubilaciones, el BPC (Beneficio de Prestación Continuada) y el auxilio por reclusión (Ordenanza DIRBEN/INSS n.º 1.347, publicada en el DOU el 22/06/2026)
Esta página es una traducción del texto original en portugués, ofrecida para facilitar la lectura. Trata del derecho brasileño. En caso de divergencia, prevalece la versión en portugués. Leer el original en portugués
El INSS (Instituto Nacional del Seguro Social de Brasil) reglamentó la exigencia de biometría para conceder jubilaciones, el BPC (Beneficio de Prestación Continuada) y el auxilio por reclusión. La Ordenanza DIRBEN/INSS n.º 1.347, publicada en el Diario Oficial de la Unión el 22 de junio de 2026, define los documentos aceptados, los supuestos de exención y el plazo de 30 días para regularizar la situación.
Qué establece la Ordenanza 1.347 del INSS
La Ordenanza DIRBEN/INSS n.º 1.347 detalla cómo el Instituto Nacional del Seguro Social pasa a aplicar la obligatoriedad del registro biométrico en las solicitudes de beneficios. Firmada el 18 de junio de 2026, la norma pone en práctica una exigencia que se venía implantando de forma escalonada desde finales de 2025 y que ahora cuenta con reglas claras sobre qué documentos sirven para la validación, en cuánto tiempo debe regularizarse el asegurado y quiénes quedan exentos de la recolección de datos.
En la práctica, el asegurado que solicite un beneficio comprendido en la norma debe tener su identificación biométrica registrada en una base oficial. Cuando el sistema del INSS localiza ese registro, la solicitud sigue el flujo normal de análisis. Cuando no lo localiza, se abre un procedimiento de regularización con plazo definido, bajo pena de archivo de la solicitud.
La obligatoriedad no nació con la ordenanza. Desde el 21 de noviembre de 2025, toda nueva solicitud de beneficio ya presupone que la persona cuente con algún registro biométrico, y se acepta la biometría de la CIN (Cédula de Identidad Nacional), de la CNH (Licencia Nacional de Conducir) o de la credencial de elector. La Ordenanza 1.347 llega para uniformar la aplicación de esa regla y cerrar vacíos sobre documentos, plazos y exenciones que venían generando dudas en las oficinas.
La medida forma parte del esfuerzo del organismo por reducir el fraude en la concesión y el mantenimiento de beneficios. Al vincular cada solicitud con datos biométricos recopilados previamente por organismos públicos, el INSS crea una capa adicional de seguridad para confirmar la identidad de quien solicita la prestación, lo que dificulta las solicitudes hechas con documentos de terceros o con datos falsos.
Qué beneficios pasan a exigir la biometría
La exigencia recae sobre tres clases de beneficio. La primera es la jubilación, en sus distintas modalidades, tanto por edad como por tiempo de contribución. La segunda es el Beneficio de Prestación Continuada (BPC), que se paga en el ámbito de la asistencia social a personas mayores y a personas con discapacidad en situación de vulnerabilidad. La tercera es el auxilio por reclusión, que corresponde a los dependientes del asegurado de bajos ingresos que se encuentra privado de libertad.
Quedan fuera de la obligatoriedad, en esta etapa, el salario por maternidad, el beneficio por incapacidad temporal (antiguo auxílio-doença, o auxilio por enfermedad) y la pensión por fallecimiento. En estos casos, la solicitud no depende de la validación biométrica previa, aunque el INSS mantiene los demás mecanismos de verificación de identidad y de regularidad del derecho durante el análisis.
La biometría pasa a ser condición para la concesión de jubilaciones, del BPC y del auxilio por reclusión.
La elección de los beneficios comprendidos refleja el perfil de riesgo de cada prestación. Las jubilaciones, el BPC y el auxilio por reclusión concentran una parte relevante de las irregularidades detectadas en auditorías, lo que explica la prioridad dada a la recolección biométrica desde la puerta de entrada del sistema, incluso antes de que la solicitud llegue al análisis de fondo.
En la práctica, el asegurado que solicite un beneficio comprendido en la norma debe tener su identificación biométrica registrada en una base oficial.
Documentos aceptados para validar la identidad
La validación puede hacerse a partir de tres documentos que ya cuentan con recolección de huellas dactilares o de reconocimiento facial en bases oficiales. Basta con que el asegurado tenga uno de ellos con biometría válida para que el INSS confirme la identidad de forma automática, sin necesidad de acudir a una oficina.
- la Cédula de Identidad Nacional (CIN), nuevo documento de identificación unificado en torno al CPF (Registro de Personas Físicas);
- la credencial de elector con biometría registrada en la Justicia Electoral;
- la Licencia Nacional de Conducir (CNH) emitida con recolección biométrica.
El calendario de implantación es escalonado. Desde mayo de 2026, quien solicita un nuevo beneficio y no tiene biometría en ninguno de esos documentos debe tramitar la Cédula de Identidad Nacional para dar continuidad a la solicitud. A partir del 1 de enero de 2028, la CIN deberá convertirse en el único documento biométrico aceptado, tanto para solicitar como para mantener beneficios.
La migración hacia la CIN acompaña la política federal de unificación de los documentos de identidad en torno al número de CPF. Los organismos involucrados esperan que el documento único simplifique el cruce de datos entre bases públicas y haga más confiable la verificación de identidad con el paso del tiempo.
Plazo de regularización y riesgo de cancelación
Cuando el sistema no encuentra el registro biométrico del solicitante, la ordenanza asegura un plazo de 30 días, contado desde la fecha de la solicitud, para que se regularice la situación. En ese intervalo, el asegurado debe tramitar uno de los documentos aceptados o presentar una justificación que lo encuadre en algún supuesto de exención.
Si la comprobación o la justificación no se presenta dentro del plazo, el INSS puede cancelar la solicitud, o incluso el beneficio, por desistimiento. Este punto exige especial atención de quien presenta la solicitud, porque el vencimiento del plazo compromete el análisis aunque el derecho al beneficio exista y los demás requisitos estén cumplidos.
Supuestos de exención previstos en la ordenanza
La norma reconoce que no todas las personas pueden realizar el registro biométrico y prevé situaciones de dispensa. Los supuestos de exención alcanzan, entre otros, a los siguientes grupos:
- personas de 80 años o más, dispensadas de renovar documentos o de cumplir plazos relativos a la biometría;
- personas imposibilitadas de presentarse por razones de salud o de discapacidad, mediante certificado médico emitido en los 30 días anteriores que acredite la imposibilidad de desplazamiento;
- residentes en zonas de difícil acceso, además de migrantes, refugiados y apátridas.
En estas situaciones, la solicitud continúa sin la validación biométrica previa, siempre que la condición de exención esté comprobada en el procedimiento administrativo. La previsión busca evitar que la exigencia tecnológica se convierta en una barrera de acceso justamente para quienes tienen mayor dificultad de movilidad o para obtener documentos.
La biometría en el contexto de la identidad digital
La obligatoriedad de la biometría en los beneficios del INSS se enmarca en un movimiento más amplio de digitalización de los servicios públicos y de unificación de la identidad de la ciudadanía en torno al CPF. La Cédula de Identidad Nacional es la pieza central de este esquema, al reunir en un único documento los datos biográficos y biométricos que antes estaban dispersos en distintos registros estatales.
Para el organismo previsional, la ventaja esperada es reducir el margen de error y de fraude en la identificación de quien solicita un beneficio, aprovechando biometrías ya recopiladas por otros organismos. Para la persona, la contrapartida es la necesidad de mantener su documentación al día, sobre todo ante la transición que hará de la CIN, a partir de 2028, el documento biométrico de referencia para el sistema.
La biometría no sustituye la prueba de vida
La nueva exigencia de biometría en la concesión no debe confundirse con la prueba de vida, que sigue siendo un procedimiento de control destinado a confirmar que el beneficiario continúa con vida. Son mecanismos distintos, con finalidades propias: uno actúa en la entrada del beneficio y el otro acompaña su mantenimiento a lo largo del tiempo.
La prueba de vida, por su parte, dejó de depender de la presentación anual en la sucursal bancaria o en el INSS y ya no sigue un calendario rígido. El organismo pasó a cruzar datos del beneficiario a lo largo de doce meses, y acciones cotidianas, como el acceso a la aplicación Meu INSS (aplicación oficial del INSS) con reconocimiento facial, completan la verificación sin necesidad de desplazarse.
Preguntas Frecuentes
¿Quien ya recibe una jubilación o el BPC debe hacer ahora la biometría?
La exigencia de la Ordenanza 1.347 incide sobre la concesión, es decir, sobre las nuevas solicitudes de jubilación, BPC y auxilio por reclusión. Quien ya tiene el beneficio activo permanece sujeto a las reglas de mantenimiento y a la prueba de vida, que siguen una lógica propia y no deben confundirse con el registro biométrico exigido al inicio de la solicitud.
¿Qué ocurre si el asegurado no tiene ningún documento con biometría?
A partir de mayo de 2026, quien no tiene biometría en la CIN, en la CNH ni en la credencial de elector debe emitir la Cédula de Identidad Nacional para continuar con la solicitud. Mientras no regularice su situación, corre el plazo de 30 días previsto en la ordenanza, con riesgo de que la solicitud sea archivada por desistimiento.
¿Las personas mayores y las personas con problemas de salud están obligadas a la biometría?
No siempre. La ordenanza exime a las personas de 80 años o más y a quienes están imposibilitadas de presentarse por motivos de salud o de discapacidad; en este último caso, mediante un certificado médico reciente que acredite la imposibilidad de desplazamiento. Comprobada la exención, el beneficio se analiza sin la validación biométrica previa.
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